El Directorio de la Caja Forense ha creado un nuevo beneficio con características innovadoras, a la vanguardia en el contexto de los nuevos derechos vigentes en nuestro país.
El subsidio tiene como finalidad garantizar el cuidado de la niña o niño en sus primeros meses de vinculación con sus padres, fundamentales para su desarrollo psicofísico.
El mismo se otorgará en los casos de nacimiento o adopción de hija o hijo de la afiliada o del afiliado, siempre que cuente con al menos un año como beneficiaria/o y hubiera cumplido los requisitos establecidos en el artículo 5° de la Ley 1861.
El Subsidio por Maternidad o Paternidad consistirá en el otorgamiento de una suma equivalente a las seis doceavas (6/12) partes del aporte anual correspondiente a la Categoría C del año en que se produjo el nacimiento o adopción y, en casos de nacimientos o adopciones múltiples, el monto del subsidio se incrementará a razón de dos doceavas partes (2/12) por cada hija o hijo.
El importe será acreditado en la cuenta individual de la afiliada o del afiliado una vez determinado, en función de los incrementos de los haberes jubilatorios de cada año, el aporte correspondiente a la Categoría C.