Marco Normativo

La Caja Forense constituye lo que la doctrina nacional denomina como entidad intermedia o entidad de derecho público no estatal y es una creación del Estado Provincial, cuya competencia fue reafirmada en el artículo 125 de la Constitución Nacional (1994), por el cual las provincias tienen la facultad de “…conservar organismos de seguridad social para los empleados públicos y los profesionales …”. La ley 1861, sancionada en 1999, es el sustento normativo de nuestro sistema de seguridad social. 

Financiamiento 

Las fuentes primarias de financiamiento de la Caja Forense las constituyen los aportes que realizan los Afiliados a partir de los ingresos que generan por los juicios que promueven, y la contribución de los terceros que se vinculan a ella a través del ejercicio de su profesión.

En esta materia, las modificaciones introducidas en el texto de la nueva Ley Orgánica, exigen la perfecta identificación de las fuentes de financiamiento para cada uno de los beneficios que otorga Caja Forense: el Fondo para Prestaciones Previsionales Básicas y Fondo Solidario para Otras Coberturas.

Novedades

87° Plenario de la Coordinadora Nacional

Durante los días 27, 28 y 29 de mayo se llevó a cabo el 87° Plenario de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina. La Caja Forense de La Pampa estuvo representada por el Dr. Carlos Lorda, la Dra. Sandra Abdo y el Dr. Rodrigo Villa, quienes participaron de distintas instancias de trabajo y debate desarrolladas a lo largo de las jornadas.

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Conocé los subsidios solidarios

Creemos que el verdadero valor de nuestra institución se demuestra estando presentes no solo en el ámbito del ejercicio laboral, sino también en aquellas alegrías que marcan tu historia personal por eso, queremos recordarte que tienen disposición nuestros Subsidios Solidarios.

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